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CÁMARA DE DIPUTADOS APROBÓ INCREMENTAR PENAS A QUIEN COMETA HOMICIDIO O FEMINICIDIO

Avaló el dictamen que adiciona el Código Penal Federal

• El documento se remitió al Senado

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de privación de la vida en infracción de una medida cautelar.

El documento adiciona el artículo 307 Bis para precisar que “a quien cometa el delito de homicidio, a pesar de tener una medida cautelar impuesta por delito diverso cometido en contra de la víctima, se le aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte en su mínimo y en su máximo”.

También, incorpora un tercer párrafo al artículo 325, a efecto de señalar que “a quien cometa el delito de feminicidio, a pesar de tener una medida cautelar impuesta por delito diverso cometido en contra de la víctima, se le aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte en su mínimo y en su máximo”.

El dictamen de la Comisión de Justicia fue aprobado en lo general con 450 votos a favor, cero en contra y 24 abstenciones. En lo particular y términos del dictamen, fue ratificado con 450 votos a favor, uno en contra y 23 abstenciones. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Menciona que, de acuerdo con datos del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el delito de feminicidio mantiene una incidencia de 600 casos en México y durante agosto de 2022 el máximo histórico registrado por las autoridades alcanzó un promedio de 11.5 casos cada 24 horas.

La finalidad es imponer una pena diferenciada a aquellos sujetos activos que cometan el delito de homicidio, para proteger el bien jurídico de la vida. La propuesta es acorde con lo establecido en la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano.

Reconoce la vulnerabilidad que enfrenta la mujer de sufrir actos de violencia en su contra, como en el caso del feminicidio, entendido como la expresión máxima de violencia de género, pues culmina con la vida de la mujer.

En este sentido, la introducción de una propuesta tendiente a sancionar a los sujetos activos del delito de feminicidio, a pesar de tener impuesta una medida cautelar, resulta acorde con garantizar su derecho a vivir una vida libre de violencia, establecido en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Las medidas cautelares tienen como objetivo asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento. Sin embargo, en algunos casos el efecto disuasorio de la medida no se cumple, sino que el agresor reacciona en una forma adversa y la imposición de estas medidas cautelares se convierte en una motivación para escalar la agresión hacia la víctima.

Se armonizan las normas contenidas en el Código Penal Federal

Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia, el diputado Hamlet García Almaguer (Morena) indicó que existe en el país un incremento de la violencia en los hogares; por ello, se presenta una solución a esta problemática con un documento de consenso con las diferentes fuerzas legislativas.

Con las adiciones, añadió, se armonizan las normas contenidas en el Código Penal Federal. Precisó que la norma es proporcional conforme a los criterios internacionales para aplicar una sanción a los infractores conforme a ese conocimiento previo y protección que ha otorgado el Estado a alguna de las víctimas.

En lo particular, se desechó la reserva presentada por la diputada Mirza Flores Gómez (MC), por lo que quedó en términos del dictamen.