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DIPUTADO CESAR AGUSTIN HERNANDEZ PEREZ BUSCA PERFECCIONAR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ANTE UNA EMERGENCIA SANITARIA

El Diputado Federal Cesar Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó una iniciativa por el que se reforman los artículos 42 Bis; la fracción XIX Bis, del Artículo 132; la fracción VII, del artículo 427 y la fracción IV, del artículo 429 todos de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos de los trabajadores ante una emergencia sanitaria.

El Legislador Federal Cesar Hernández, mencionó que, “actualmente, la Ley Federal del trabajo regula cuáles son las obligaciones de los patrones y los derechos de los trabajadores ante una emergencia sanitaria, en sus artículos 42 Bis, 132 fracción XIX Bis, 168,175, 427 fracción VII y 429 fracción IV, sin embargo; su alcance no contempla todas las hipótesis que se pueden dar ante una emergencia sanitaria, por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo contempla como supuestos especiales a los menores de edad y a las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia pero, ¿qué pasa con las personas con alguna discapacidad o con alguna enfermedad crónica?; ¿qué pasa sí, un trabajador decide por su propia voluntad faltar a laborar por motivo de una emergencia sanitaria?; ¿qué pasa con el salario, prestaciones y  derechos de los trabajadores, sí el patrón decide suspender labores antes de que una autoridad sanitaria emita la declaratoria de emergencia sanitaria?; y/o ¿qué pasaría el salario, prestaciones y derechos de los trabajadores, sí el patrón suspendió temporalmente la relación de trabajo, por su voluntad y posteriormente la autoridad competente declara una emergencia sanitaria?, precisamente para dar respuesta a estas interrogantes elabore esta iniciativa.”

En el texto de la iniciativa el Legislador Federal Cesar Hernández, plantea Establecer en la Ley Federal del Trabajo, que, en caso de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, no podrá utilizarse el trabajo de adultos mayores que cuenten con sesenta años o más de edad, personas con alguna discapacidad, ni personas con enfermedades crónicas, ello sin, perjuicio en su salario, prestaciones y derechos; además, propone admitir que, el trabajador pueda elegir libremente no asistir a laborar por motivo de una emergencia sanitaria, antes de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, hipotético que no podrá excedente de un mes y sería sin goce de sueldo; y finalmente busca permitir al patrón suspender temporalmente las relaciones de trabajo en los casos de contingencia sanitaria, antes de que, la autoridad competente declare una suspensión general de labores, sin perjuicio para los trabajadores en su salario, prestaciones y derechos.

De conformidad con datos de laEncuesta Nacional de Ocupación y Empleo, emitida por el INEGI, de los más de 119 millones de habitantes que integramos la República Mexicana; 57, millones 625, mil 521 personas forman parte de la Población económicamente activa.

“Tales ciudadanos que trabajan tanto a nivel público como en privado, hoy se encuentran desconcertados y muy preocupados ante la emergencia sanitaria que se vive a nivel mundial, y por las medidas que se han tenido que tomar al respecto, como lo es, el quedarse en casa y no poder salir a laborar como lo hacen de manera habitual, pues esto trae diversas consecuencias como la posible disminución o carencia total de su salario, y siendo este su medio para subsistir, la situación se torna aún más complicada, pues los gastos siguen, las deudas se pueden incrementar, la inseguridad puede quebrantarse aún más, se pueden cometer más delitos, las enfermedades tanto físicas como mentales pueden aparecer, entre ellas la depresión que puede desembocar en su peor escenario: el suicidio.” Finalizo, el DiputadoFederal Hernández Pérez.